blog de economía

miércoles, 29 de septiembre de 2010

ERE

Expediente de Regulación de Empleo (ERE)

Es el procedimiento que se solicita a la Autoridad Laboral para
suspender o extinguir definitivamente las relaciones laborales entre
una empresa y sus empleados garantizando los derechos de los
trabajadores.

Pueden solicitarlo tanto las empresas como los propios trabajadores, a
través de sus representantes legales, cuando consideren que así van a
evitarse un perjuicio mayor. Pero sólo cuando se dan determinadas
circunstancias previstas por la ley:
Despido colectivo o suspensión de la relación laboral por causas
económicas, técnicas, organizativas o de la producción.
Suspensión o extinción de la relación laboral por fuerza mayor.
Extinción de la relación laboral por extinción de la personalidad
jurídica del contratante.
El ERE debe acompañarse de una memoria de las causas que lo
justifican, documentación económica de la empresa y, en compañías de 50
o más trabajadores, un plan de viabilidad.

Si la medida afecta a menos de 200 trabajadores, la Autoridad Laboral
puede ser la de la provincia donde está la empresa. Si afecta a más de
200 personas o a centros ubicados en diversas provincias, el caso
podría pasar al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Si el expediente se solicita por causas de fuerza mayor, basta con
informar a los representantes legales de los trabajadores y esperar la
resolución de la Autoridad Laboral. En el resto de casos, se abre un
período de consultas y de negociación entre empresa y trabajadores. Si
no se llega a un acuerdo, la Autoridad Laboral decide si se acepta o no
la regulación de empleo.

Esta informacion esta recogida de la pagina web laboris.net.

Atentamente,
L R

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