blog de economía

lunes, 20 de diciembre de 2010

Jubilarse a los 65, 67... o 70 años

http://www.abc.es/20101219/economia/pensiones-europa-201012190155.html



Jubilarse a los 65, 67... o 70 años

Los socios comunitarios ligan ya las pensiones a la esperanza de vida y la edad de jubilación al tipo de empleo

Mientras la comisión parlamentaria del Pacto de Toledo no se puso ayer de acuerdo sobre la propuesta del Gobierno de alargar la edad legal de jubilación de los 65 a los 67 años, lo que sí que ha acordado por mayoría esa comisión es recomendar al Gobierno que amplíe el número de años necesarios para cobrar el 100% de la pensión. Casualmente, esta recomendación no afectará a los diputados y senadores, que mantendrán intactos los privilegios de que gozan sus pensiones.
Actualmente, cualquier trabajador tiene que cotizar un mínimo de 15 años para tener derecho a una pensión de jubilación. Con los actuales 15 años, se tiene derecho a cobrar tan solo el 50% de la pensión correspondiente. A partir de ahí, se aumenta un 3% por cada anualidad hasta los 25 años de cotización, que correspondería el 80% de la prestación. Desde los 25 años hasta los 35 de cotización, el porcentaje se incrementa en un 2% cada año (mira aquí el gráfico explicativo).
Pero para cobrar el 100% de la pensión no es suficiente haber cotizado 35 años, sino que hay que tener 65 años cumplidos. Hay que recordar que la edad legal de jubilación —pues no existe una edad obligatoria— es los 65 años y que cualquier persona se puede jubilar anticipadamente a partir de los 61 años, pero con unos coeficientes reductores de entre el 6,5 y el 8% por cada año que falte para cumplir los 65. Por el otro extremo, se puede seguir trabajando hasta los 70 años, con una bonificación anual del 2%.
Recortes de más del 5%
La reforma del Gobierno elevará seguramente de 15 a 20 años los años necesarios para percibir el 50% de la jubilación. Esto supondrá unrecorte de las pensiones del 5%, según USO, y un ahorro de 10.000 millones para la Seguridad Social, según el Ministerio de Economía. El portavoz del PP en la comisión del Pacto de Toledo, Tomás Burgos, reconoció ayer que la rebaja media en estas prestaciones sería de entre el 5% y el 10% hasta 2040.
Todos estos recortes no afectarán a los 350 diputados y a los 264 senadores españoles, que mantendrán el privilegio de cobrar el 100% de la pensión en el momento que superan los 11 años de actividad parlamentaria. Es más, si cualquier trabajador necesita cotizar a la Seguridad Social 15 años para cobrar una pensión, mejor dicho, solo el 50% de la misma, sus señorías con siete años de actividad en cualquiera de las Cámaras ya tiene derecho a percibir el 80% de su pensión. Ese porcentaje se eleva al 90% si cotizan 10 o 11 años.
Además, mientras un trabajador no puede jubilarse antes de los 61 años y, a partir de esa fecha y hasta los 65 se le restará anualmente entre un 6% y el 8% del importe de la pensión, sus señorías pueden jubilarse a los 60 años con 40 de cotización, según recoge el reglamento de pensiones parlamentarias de 11 de julio de 2006. Sobre la reunión de ayer de la junta de portavoces del Pacto de Toledo hay que añadir que el informe que emitirá esta comisión sobre la prolongación de la edad legal de jubilación propuesta por el Gobierno en enero pasado plasmará el desacuerdo de los partidos políticos a través de una recomendación que deja clara dicha discrepancia.
De esta forma, la comisión del Pacto de Toledo, que se reunió durante más de tres horas, zanjó la redacción de la recomendación propuesta por el grupo socialista en la que no fijaba la edad legal de jubilación y que para el PP, IU, ERC y BNG deja la puerta abierta al Ejecutivo para elevar dicha edad en el proyecto de ley que redactará a finales de enero.
Mientras la comisión parlamentaria del Pacto de Toledo no se puso ayer de acuerdo sobre la propuesta del Gobierno de alargar la edad legal de jubilación de los 65 a los 67 años, lo que sí que ha acordado por mayoría esa comisión es recomendar al Gobierno que amplíe el número de años necesarios para cobrar el 100% de la pensión. Casualmente, esta recomendación no afectará a los diputados y senadores, que mantendrán intactos los privilegios de que gozan sus pensiones.
Actualmente, cualquier trabajador tiene que cotizar un mínimo de 15 años para tener derecho a una pensión de jubilación. Con los actuales 15 años, se tiene derecho a cobrar tan solo el 50% de la pensión correspondiente. A partir de ahí, se aumenta un 3% por cada anualidad hasta los 25 años de cotización, que correspondería el 80% de la prestación. Desde los 25 años hasta los 35 de cotización, el porcentaje se incrementa en un 2% cada año (mira aquí el gráfico explicativo).
Pero para cobrar el 100% de la pensión no es suficiente haber cotizado 35 años, sino que hay que tener 65 años cumplidos. Hay que recordar que la edad legal de jubilación —pues no existe una edad obligatoria— es los 65 años y que cualquier persona se puede jubilar anticipadamente a partir de los 61 años, pero con unos coeficientes reductores de entre el 6,5 y el 8% por cada año que falte para cumplir los 65. Por el otro extremo, se puede seguir trabajando hasta los 70 años, con una bonificación anual del 2%.
Recortes de más del 5%
La reforma del Gobierno elevará seguramente de 15 a 20 años los años necesarios para percibir el 50% de la jubilación. Esto supondrá unrecorte de las pensiones del 5%, según USO, y un ahorro de 10.000 millones para la Seguridad Social, según el Ministerio de Economía. El portavoz del PP en la comisión del Pacto de Toledo, Tomás Burgos, reconoció ayer que la rebaja media en estas prestaciones sería de entre el 5% y el 10% hasta 2040.
Todos estos recortes no afectarán a los 350 diputados y a los 264 senadores españoles, que mantendrán el privilegio de cobrar el 100% de la pensión en el momento que superan los 11 años de actividad parlamentaria. Es más, si cualquier trabajador necesita cotizar a la Seguridad Social 15 años para cobrar una pensión, mejor dicho, solo el 50% de la misma, sus señorías con siete años de actividad en cualquiera de las Cámaras ya tiene derecho a percibir el 80% de su pensión. Ese porcentaje se eleva al 90% si cotizan 10 o 11 años.
Además, mientras un trabajador no puede jubilarse antes de los 61 años y, a partir de esa fecha y hasta los 65 se le restará anualmente entre un 6% y el 8% del importe de la pensión, sus señorías pueden jubilarse a los 60 años con 40 de cotización, según recoge el reglamento de pensiones parlamentarias de 11 de julio de 2006. Sobre la reunión de ayer de la junta de portavoces del Pacto de Toledo hay que añadir que el informe que emitirá esta comisión sobre la prolongación de la edad legal de jubilación propuesta por el Gobierno en enero pasado plasmará el desacuerdo de los partidos políticos a través de una recomendación que deja clara dicha discrepancia.
De esta forma, la comisión del Pacto de Toledo, que se reunió durante más de tres horas, zanjó la redacción de la recomendación propuesta por el grupo socialista en la que no fijaba la edad legal de jubilación y que para el PP, IU, ERC y BNG deja la puerta abierta al Ejecutivo para elevar dicha edad en el proyecto de ley que redactará a finales de enero.

Los socios comunitarios ligan ya las pensiones a la esperanza de vida y la edad de jubilación al tipo

Mientras la comisión parlamentaria del Pacto de Toledo no se puso ayer de acuerdo sobre la propuesta del Gobierno de alargar la edad legal de jubilación de los 65 a los 67 años, lo que sí que ha acordado por mayoría esa comisión es recomendar al Gobierno que amplíe el número de años necesarios para cobrar el 100% de la pensión. Casualmente, esta recomendación no afectará a los diputados y senadores, que mantendrán intactos los privilegios de que gozan sus pensiones.
Actualmente, cualquier trabajador tiene que cotizar un mínimo de 15 años para tener derecho a una pensión de jubilación. Con los actuales 15 años, se tiene derecho a cobrar tan solo el 50% de la pensión correspondiente. A partir de ahí, se aumenta un 3% por cada anualidad hasta los 25 años de cotización, que correspondería el 80% de la prestación. Desde los 25 años hasta los 35 de cotización, el porcentaje se incrementa en un 2% cada año (mira aquí el gráfico explicativo).
Pero para cobrar el 100% de la pensión no es suficiente haber cotizado 35 años, sino que hay que tener 65 años cumplidos. Hay que recordar que la edad legal de jubilación —pues no existe una edad obligatoria— es los 65 años y que cualquier persona se puede jubilar anticipadamente a partir de los 61 años, pero con unos coeficientes reductores de entre el 6,5 y el 8% por cada año que falte para cumplir los 65. Por el otro extremo, se puede seguir trabajando hasta los 70 años, con una bonificación anual del 2%.
Recortes de más del 5%
La reforma del Gobierno elevará seguramente de 15 a 20 años los años necesarios para percibir el 50% de la jubilación. Esto supondrá unrecorte de las pensiones del 5%, según USO, y un ahorro de 10.000 millones para la Seguridad Social, según el Ministerio de Economía. El portavoz del PP en la comisión del Pacto de Toledo, Tomás Burgos, reconoció ayer que la rebaja media en estas prestaciones sería de entre el 5% y el 10% hasta 2040.
Todos estos recortes no afectarán a los 350 diputados y a los 264 senadores españoles, que mantendrán el privilegio de cobrar el 100% de la pensión en el momento que superan los 11 años de actividad parlamentaria. Es más, si cualquier trabajador necesita cotizar a la Seguridad Social 15 años para cobrar una pensión, mejor dicho, solo el 50% de la misma, sus señorías con siete años de actividad en cualquiera de las Cámaras ya tiene derecho a percibir el 80% de su pensión. Ese porcentaje se eleva al 90% si cotizan 10 o 11 años.
Además, mientras un trabajador no puede jubilarse antes de los 61 años y, a partir de esa fecha y hasta los 65 se le restará anualmente entre un 6% y el 8% del importe de la pensión, sus señorías pueden jubilarse a los 60 años con 40 de cotización, según recoge el reglamento de pensiones parlamentarias de 11 de julio de 2006. Sobre la reunión de ayer de la junta de portavoces del Pacto de Toledo hay que añadir que el informe que emitirá esta comisión sobre la prolongación de la edad legal de jubilación propuesta por el Gobierno en enero pasado plasmará el desacuerdo de los partidos políticos a través de una recomendación que deja clara dicha discrepancia.
De esta forma, la comisión del Pacto de Toledo, que se reunió durante más de tres horas, zanjó la redacción de la recomendación propuesta por el grupo socialista en la que no fijaba la edad legal de jubilación y que para el PP, IU, ERC y BNG deja la puerta abierta al Ejecutivo para elevar dicha edad en el proyecto de ley que redactará a finales de enero.

de empleo

Mientras la comisión parlamentaria del Pacto de Toledo no se puso ayer de acuerdo sobre la propuesta del Gobierno de alargar la edad legal de jubilación de los 65 a los 67 años, lo que sí que ha acordado por mayoría esa comisión es recomendar al Gobierno que amplíe el número de años necesarios para cobrar el 100% de la pensión. Casualmente, esta recomendación no afectará a los diputados y senadores, que mantendrán intactos los privilegios de que gozan sus pensiones.
Actualmente, cualquier trabajador tiene que cotizar un mínimo de 15 años para tener derecho a una pensión de jubilación. Con los actuales 15 años, se tiene derecho a cobrar tan solo el 50% de la pensión correspondiente. A partir de ahí, se aumenta un 3% por cada anualidad hasta los 25 años de cotización, que correspondería el 80% de la prestación. Desde los 25 años hasta los 35 de cotización, el porcentaje se incrementa en un 2% cada año (mira aquí el gráfico explicativo).
Pero para cobrar el 100% de la pensión no es suficiente haber cotizado 35 años, sino que hay que tener 65 años cumplidos. Hay que recordar que la edad legal de jubilación —pues no existe una edad obligatoria— es los 65 años y que cualquier persona se puede jubilar anticipadamente a partir de los 61 años, pero con unos coeficientes reductores de entre el 6,5 y el 8% por cada año que falte para cumplir los 65. Por el otro extremo, se puede seguir trabajando hasta los 70 años, con una bonificación anual del 2%.
Recortes de más del 5%
La reforma del Gobierno elevará seguramente de 15 a 20 años los años necesarios para percibir el 50% de la jubilación. Esto supondrá unrecorte de las pensiones del 5%, según USO, y un ahorro de 10.000 millones para la Seguridad Social, según el Ministerio de Economía. El portavoz del PP en la comisión del Pacto de Toledo, Tomás Burgos, reconoció ayer que la rebaja media en estas prestaciones sería de entre el 5% y el 10% hasta 2040.
Todos estos recortes no afectarán a los 350 diputados y a los 264 senadores españoles, que mantendrán el privilegio de cobrar el 100% de la pensión en el momento que superan los 11 años de actividad parlamentaria. Es más, si cualquier trabajador necesita cotizar a la Seguridad Social 15 años para cobrar una pensión, mejor dicho, solo el 50% de la misma, sus señorías con siete años de actividad en cualquiera de las Cámaras ya tiene derecho a percibir el 80% de su pensión. Ese porcentaje se eleva al 90% si cotizan 10 o 11 años.
Además, mientras un trabajador no puede jubilarse antes de los 61 años y, a partir de esa fecha y hasta los 65 se le restará anualmente entre un 6% y el 8% del importe de la pensión, sus señorías pueden jubilarse a los 60 años con 40 de cotización, según recoge el reglamento de pensiones parlamentarias de 11 de julio de 2006. Sobre la reunión de ayer de la junta de portavoces del Pacto de Toledo hay que añadir que el informe que emitirá esta comisión sobre la prolongación de la edad legal de jubilación propuesta por el Gobierno en enero pasado plasmará el desacuerdo de los partidos políticos a través de una recomendación que deja clara dicha discrepancia.
De esta forma, la comisión del Pacto de Toledo, que se reunió durante más de tres horas, zanjó la redacción de la recomendación propuesta por el grupo socialista en la que no fijaba la edad legal de jubilación y que para el PP, IU, ERC y BNG deja la puerta abierta al Ejecutivo para elevar dicha edad en el proyecto de ley que redactará a finales de enero.
El Pacto de Toledo llegó el pasado miércoles a un vago «principio de acuerdo». Sin dar cifras ni fechas, los grupos parlamentarios, que debaten en esa comisión la reforma del sistema de pensiones, acordaron ampliar el periodo de cálculo de las mismas. Pero mantienen el tira y afloja en torno a elevar o no la edad legal de jubilación hasta los 67 años, apartado en el que se ha estancado el debate. Hay acuerdo en alargar la vida laboral pero se rechaza la propuesta original del Ejecutivo socialista, —retrasarla, sí o sí, dos años—, siguiendo el camino emprendido por otros países europeos.
El pasado viernes, Rodríguez Zapatero se reafirmó en esa postura. Aunque, consciente del repudio generalizado que ha cosechado ese plan entre el resto de partidos, anunció también que Moncloa está dispuesta a admitir «factores de flexibilidad razonables» para fijar la nueva edad de retiro.
Esa es la recomendación que presumiblemente saldrá de ese Pacto de Toledo, que antes de que acabe diciembre tiene que presentar su propuesta al Ejecutivo. Luego, el Gobierno, que puede considerar o no esas ideas, redactará su propio texto como proyecto de ley. Siempre, antes del 28 de enero, para debatirlo después en el Parlamento y con los agentes sociales.
¿Subirá la edad de retiro a los 67 años? El Gobierno asegura ya que sí. La oposición acepta elevarla, pero de forma voluntaria y atendiendo a diversos conceptos y baremos técnicos. Por ejemplo: que se premie al trabajador que decide voluntariamente retrasar su jubilación y que se penalice al que decide retirarse antes de su puesto. O que se amplíe en función de la esperanza de vida. Lo mismo que han hecho ya otros socios de la UE.
Nadie se ha resistido a «tocar» esa edad, aunque unos con más fuerza que otros. Alemania y Dinamarca fueron los países más implacables a la hora de revisarla: la aumentaron hasta los 67 años, la más alta de la Unión. Reino Unido, que la elevó de 65 a 66 años, no descarta volver a actualizarla conforme a su propuesta inicial: 68 años.
Francia amplió de 60 a 62 años la edad mínima de jubilación, pero para acceder a la pensión completa será necesario cumplir 67 años, frente a los 65 actuales. En Austria, Bélgica, Italia y Portugal es de 65 años. Y en Finlancia y Suecia, la edad de retiro es flexible, entre los 63 y 68 años y los 61 y 67 años respectivamente.

http://www.abc.es/20101217/economia/congreso-blinda-pensiones-doradas-20101217.html

El Congreso blinda las pensiones doradas de diputados y senadore

Con solo siete años de actividad parlamentaria, sus señorías mantendrán el derecho a cobrar el 80% de la pensión. El Pacto de Toledo rechaza ampliar la edad de jubilación a los 67 años


Mientras la comisión parlamentaria del Pacto de Toledo no se puso ayer de acuerdo sobre la propuesta del Gobierno de alargar la edad legal de jubilación de los 65 a los 67 años, lo que sí que ha acordado por mayoría esa comisión es recomendar al Gobierno que amplíe el número de años necesarios para cobrar el 100% de la pensión. Casualmente, esta recomendación no afectará a los diputados y senadores, que mantendrán intactos los privilegios de que gozan sus pensiones.
Actualmente, cualquier trabajador tiene que cotizar un mínimo de 15 años para tener derecho a una pensión de jubilación. Con los actuales 15 años, se tiene derecho a cobrar tan solo el 50% de la pensión correspondiente. A partir de ahí, se aumenta un 3% por cada anualidad hasta los 25 años de cotización, que correspondería el 80% de la prestación. Desde los 25 años hasta los 35 de cotización, el porcentaje se incrementa en un 2% cada año (mira aquí el gráfico explicativo).
Pero para cobrar el 10
Mientras la comisión parlamentaria del Pacto de Toledo no se puso ayer de acuerdo sobre la propuesta del Gobierno de alargar la edad legal de jubilación de los 65 a los 67 años, lo que sí que ha acordado por mayoría esa comisión es recomendar al Gobierno que amplíe el número de años necesarios para cobrar el 100% de la pensión. Casualmente, esta recomendación no afectará a los diputados y senadores, que mantendrán intactos los privilegios de que gozan sus pensiones.
Actualmente, cualquier trabajador tiene que cotizar un mínimo de 15 años para tener derecho a una pensión de jubilación. Con los actuales 15 años, se tiene derecho a cobrar tan solo el 50% de la pensión correspondiente. A partir de ahí, se aumenta un 3% por cada anualidad hasta los 25 años de cotización, que correspondería el 80% de la prestación. Desde los 25 años hasta los 35 de cotización, el porcentaje se incrementa en un 2% cada año (mira aquí el gráfico explicativo).
Pero para cobrar el 100% de la pensión no es suficiente haber cotizado 35 años, sino que hay que tener 65 años cumplidos. Hay que recordar que la edad legal de jubilación —pues no existe una edad obligatoria— es los 65 años y que cualquier persona se puede jubilar anticipadamente a partir de los 61 años, pero con unos coeficientes reductores de entre el 6,5 y el 8% por cada año que falte para cumplir los 65. Por el otro extremo, se puede seguir trabajando hasta los 70 años, con una bonificación anual del 2%.
Recortes de más del 5%
La reforma del Gobierno elevará seguramente de 15 a 20 años los años necesarios para percibir el 50% de la jubilación. Esto supondrá unrecorte de las pensiones del 5%, según USO, y un ahorro de 10.000 millones para la Seguridad Social, según el Ministerio de Economía. El portavoz del PP en la comisión del Pacto de Toledo, Tomás Burgos, reconoció ayer que la rebaja media en estas prestaciones sería de entre el 5% y el 10% hasta 2040.
Todos estos recortes no afectarán a los 350 diputados y a los 264 senadores españoles, que mantendrán el privilegio de cobrar el 100% de la pensión en el momento que superan los 11 años de actividad parlamentaria. Es más, si cualquier trabajador necesita cotizar a la Seguridad Social 15 años para cobrar una pensión, mejor dicho, solo el 50% de la misma, sus señorías con siete años de actividad en cualquiera de las Cámaras ya tiene derecho a percibir el 80% de su pensión. Ese porcentaje se eleva al 90% si cotizan 10 o 11 años.
Además, mientras un trabajador no puede jubilarse antes de los 61 años y, a partir de esa fecha y hasta los 65 se le restará anualmente entre un 6% y el 8% del importe de la pensión, sus señorías pueden jubilarse a los 60 años con 40 de cotización, según recoge el reglamento de pensiones parlamentarias de 11 de julio de 2006. Sobre la reunión de ayer de la junta de portavoces del Pacto de Toledo hay que añadir que el informe que emitirá esta comisión sobre la prolongación de la edad legal de jubilación propuesta por el Gobierno en enero pasado plasmará el desacuerdo de los partidos políticos a través de una recomendación que deja clara dicha discrepancia.
De esta forma, la comisión del Pacto de Toledo, que se reunió durante más de tres horas, zanjó la redacción de la recomendación propuesta por el grupo socialista en la que no fijaba la edad legal de jubilación y que para el PP, IU, ERC y BNG deja la puerta abierta al Ejecutivo para elevar dicha edad en el proyecto de ley que redactará a finales de enero.
0% de la pensión no es suficiente haber cotizado 35 años, sino que hay que tener 65 años cumplidos. Hay que recordar que la edad legal de jubilación —pues no existe una edad obligatoria— es los 65 años y que cualquier persona se puede jubilar anticipadamente a partir de los 61 años, pero con unos coeficientes reductores de entre el 6,5 y el 8% por cada año que falte para cumplir los 65. Por el otro extremo, se puede seguir trabajando hasta los 70 años, con una bonificación anual del 2%.
Recortes de más del 5%
La reforma del Gobierno elevará seguramente de 15 a 20 años los años necesarios para percibir el 50% de la jubilación. Esto supondrá unrecorte de las pensiones del 5%, según USO, y un ahorro de 10.000 millones para la Seguridad Social, según el Ministerio de Economía. El portavoz del PP en la comisión del Pacto de Toledo, Tomás Burgos, reconoció ayer que la rebaja media en estas prestaciones sería de entre el 5% y el 10% hasta 2040.
Todos estos recortes no afectarán a los 350 diputados y a los 264 senadores españoles, que mantendrán el privilegio de cobrar el 100% de la pensión en el momento que superan los 11 años de actividad parlamentaria. Es más, si cualquier trabajador necesita cotizar a la Seguridad Social 15 años para cobrar una pensión, mejor dicho, solo el 50% de la misma, sus señorías con siete años de actividad en cualquiera de las Cámaras ya tiene derecho a percibir el 80% de su pensión. Ese porcentaje se eleva al 90% si cotizan 10 o 11 años.
Además, mientras un trabajador no puede jubilarse antes de los 61 años y, a partir de esa fecha y hasta los 65 se le restará anualmente entre un 6% y el 8% del importe de la pensión, sus señorías pueden jubilarse a los 60 años con 40 de cotización, según recoge el reglamento de pensiones parlamentarias de 11 de julio de 2006. Sobre la reunión de ayer de la junta de portavoces del Pacto de Toledo hay que añadir que el informe que emitirá esta comisión sobre la prolongación de la edad legal de jubilación propuesta por el Gobierno en enero pasado plasmará el desacuerdo de los partidos políticos a través de una recomendación que deja clara dicha discrepancia.
De esta forma, la comisión del Pacto de Toledo, que se reunió durante más de tres horas, zanjó la redacción de la recomendación propuesta por el grupo socialista en la que no fijaba la edad legal de jubilación y que para el PP, IU, ERC y BNG deja la puerta abierta al Ejecutivo para elevar dicha edad en el proyecto de ley que redactará a finales de enero.

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